El Gobierno de la Provincia recuerda las medidas vigentes –en toda la provincia- de acuerdo a los alcances de la aplicación del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 381/21 para el período al 25 de junio.Se habilitan quinchos y salones con un aforo de entre 10 y 20 personas, locales gastronómicos con hasta 10 comensales por mesa, la apertura de casinos , actividades y excursiones turísticas en la provincia, en grupo, mediante empresas habilitadas que cuenten con protocolos aprobados. La restricción en la circulación de personas regirá entre la 1 y 6 AM.
La determinación se realizó de acuerdo a la aplicación del esquema de cálculo impuesto por el Poder Ejecutivo Nacional para la calificación del riesgo epidemiológico de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
Asimismo se recuerda e insta a la comunidad a continuar cumpliendo con los protocolos vigentes como así también con las medidas sanitarias: mantener distanciamiento social; uso de tapaboca; ventilar los espacios cerrados y lavado frecuente de manos.
✔Continúan suspendidas las reuniones sociales en domicilios particulares.
✔Están permitidas las actividades y excursiones turísticas en la provincia -en grupo- mediante empresas habilitadas que cuenten con protocolos aprobados.
✔Las actividades económicas, industriales, comerciales y de servicios podrán continuar realizándose en tanto tengan un protocolo de funcionamiento aprobado.
✔Los locales gastronómicos, restaurantes, bares, podrán funcionar desde las 6:00 de la mañana hasta la 1:00 del día siguiente, con un tope de diez comensales por mesa.
✔Los gimnasios, eventos religiosos, cines, teatros, centros culturales y afines, podrán continuar con sus actividades a razón de 1 persona por cada 4 metros cuadrados.
✔En los eventos religiosos el tope será de 50 concurrentes.
✔Los salones recreativos infantiles, salones de eventos, salones de fiesta y quinchos podrán continuar sus actividades con hasta 20 personas.
✔El acompañamiento de pacientes se realizará de acuerdo a la Ley Provincial N° 1323, Decreto Reglamentario N° 1665/20 y Resolución M.S. N° 1675/20.
✔Se mantiene la suspensión de los viajes turísticos grupales.
✔Están permitidas actividades y reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de hasta 20 personas.
✔Se autoriza la práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados, con hasta 20 personas, manteniendo el distanciamiento mínimo de metros entre los y las participantes.
✔Las competencias deportivas nacionales, regionales y provinciales, en lugares cerrados o abiertos podrán desarrollarse siempre y cuando cuenten con protocolos aprobados.
✔Continúan suspendidas las actividades de bingos y discotecas.
✔Los casinos deberán permanecer cerrados entre la 1:00 y las 6:00 am.
✔Se limita la circulación de personas entre la 1:00 y las 6:00 am, a excepción de las personas afectadas a servicios esenciales.
✔Los delivery no podrán circular entre la 1:00 y las 6:00 am.
✔Están suspendidos los actos públicos.
✔Los actos escolares por motivos de celebraciones nacionales o provinciales podrán realizarse previa aprobación del protocolo que deberán remitir a coetdf@gmail.com.